¿QUÉ ES UNA EXENCIÓN POR USO TERAPÉUTICO?
Los jugadores pueden necesitar tratamiento médico. En particular, pueden tener enfermedades o problemas de salud que requieran que tomen medicamentos o se sometan a procedimientos médicos. Si el medicamento o método que un jugador debe usar para tratar o diagnosticar una enfermedad o condición está prohibido según la Lista de Sustancias Prohibidas de la Agencia Mundial Antidopaje (AMA), una Autorización de Uso Terapéutico (TUE) puede otorgarle a ese jugador la autorización para usar esa sustancia o método mientras compite sin que esto dé lugar a una infracción de las normas antidopaje (ADRV) y la sanción correspondiente.
Una TUE garantiza que los jugadores puedan recibir tratamiento para afecciones médicas, incluso si el tratamiento implica el uso de una sustancia o método prohibido, evitando al mismo tiempo el riesgo de ser sancionados. Las solicitudes de TUE son evaluadas por un panel de médicos, el Comité de TUE de la FIBA (TUEC).
Consulte a continuación las respuestas a las preguntas frecuentes en relación con una TUE:
¿CUÁLES SON LOS CRITERIOS PARA CONCEDER UNA TUE?
Se deben cumplir los cuatro criterios siguientes (para conocer todos los detalles de los criterios, consulte el Artículo 4.2 del Estándar Internacional para Autorizaciones de Uso Terapéutico (ISTUE) de la AMA):
El jugador tiene una condición médica claramente diagnosticada que requiere tratamiento con una sustancia o método prohibido;
El uso terapéutico de la sustancia no producirá, según el balance de probabilidades, una mejora significativa del rendimiento más allá del estado de salud normal del jugador;
La sustancia o método prohibido es un tratamiento indicado para la condición médica y no existe una alternativa terapéutica razonablemente permitida;
La necesidad de usar esa sustancia o método no es una consecuencia del uso previo (sin una TUE) de una sustancia o método que estaba prohibido en el momento del uso.
¿QUÉ PASA SI YA TENGO UNA AUTORIZACIÓN DE MI ORGANIZACIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE?
Si ya tiene una TUE otorgada por su Organización Nacional Antidopaje (NADO):
Si desea competir en una Competición de la FIBA: La TUE de su NADO solo es válida a nivel nacional y debe enviar una solicitud de reconocimiento a la FIBA. Consulte la sección “¿Cómo enviar una solicitud de reconocimiento de la TUE de su NADO a la FIBA?” a continuación.
Si no está compitiendo en Competiciones de la FIBA:
Si NO es un Jugador de Nivel Internacional y ha sido examinado por la FIBA, la FIBA reconoce una TUE válida otorgada por su NADO (es decir, que cumple con los criterios de la ISTUE para otorgar una TUE), luego de la revisión por parte del Comité de TUE de la FIBA.
¿QUÉ PASA EN LOS GRANDES EVENTOS?
Una organización de eventos importantes (MEO) exige que los jugadores soliciten el reconocimiento de su TUE si desean utilizar una sustancia o método prohibido en relación con el evento.
Si tiene una TUE otorgada por la FIBA y va a competir en un evento importante, por ejemplo, los Juegos Olímpicos, debe comunicarse con la MEO para obtener información sobre su proceso de reconocimiento.
¿QUÉ PASA SI NECESITO RENOVAR MI TUE?
Cada TUE tiene una duración específica, al final de la cual caduca automáticamente. Si necesita continuar utilizando la sustancia o el método prohibido, es su responsabilidad presentar una nueva solicitud de TUE con información médica actualizada antes de la fecha de vencimiento, de modo que haya tiempo suficiente para tomar una decisión antes del vencimiento de la TUE actual.
Nota importante: La presencia (después de la recolección de la muestra), el uso, la posesión o la administración de la sustancia o el método prohibidos deben ser consistentes con los términos de su TUE. Por lo tanto, si necesita una dosis, frecuencia, vía o duración de administración materialmente diferentes, debe comunicarse con FIBA, ya que es posible que se le solicite que solicite una nueva TUE. Algunas sustancias y dosis, por ejemplo, la insulina, a menudo se modifican durante el tratamiento y estas posibles fluctuaciones deben ser mencionadas por el médico tratante en la solicitud de TUE y, por lo general, serían aceptadas por el TUEC de ADO.
¿QUÉ PASA SI MI SOLICITUD DE TUE A FIBA ES RECHAZADA?
La decisión de rechazar una solicitud de TUE incluirá una explicación por escrito de los motivos de la denegación. Si no le resulta claro, póngase en contacto con la FIBA para saber exactamente por qué se le denegó la TUE. En ocasiones, puede que falte algún dato importante, una prueba diagnóstica, resultados de laboratorio, etc. En ese caso, deberá volver a presentar la solicitud a la FIBA para que el TUEC pueda reevaluar su caso.
Si no se aplica ninguna de las situaciones anteriores, usted o su NADO pueden remitir el asunto a la AMA para su revisión a más tardar 21 días después de la notificación de la decisión del TUEC de la FIBA. Deberá enviar la misma información que nos envió y en la que se basó la decisión de denegar la TUE, a través de un método seguro en línea o por correo certificado a:
WADA Medical Department World Anti-Doping Agency Stock Exchange Tower 800 Place Victoria (Suite 1700) P.O. Box 120 Montreal (Quebec) H4Z 1B7 Canadá
La dirección de correo electrónico para consultar y/o enviar la solicitud de revisión es: medical@wada-ama.org
Cabe señalar que la AMA no está obligada a tramitar una solicitud de revisión. En ese caso, usted y/o su ONAD pueden apelar ante el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS).
¿QUÉ PASA SI LA FIBA NO RECONOCE A MI NADO?
Usted y/o su NADO tienen 21 días a partir de la fecha de la decisión para remitir el asunto a la AMA para su revisión. La dirección de correo electrónico para realizar consultas y/o enviar la solicitud de revisión es: medical@wada-ama.org. Alternativamente, puedes enviar una carta aquí:
WADA Medical Department World Anti-Doping Agency Stock Exchange Tower
800 Place Victoria (Suite 1700)
P.O. Box 120
Montreal (Quebec) H4Z 1B7
Canadá
La misma información que se proporcionó a su ONAD debe enviarse a la AMA. Utilice un método seguro en línea a menos que envíe la información por correo certificado.
A la espera de la decisión de la AMA, su TUE de la NADO sigue siendo válida únicamente para la competición a nivel nacional y los controles fuera de competición.
Si el asunto no se remite a la AMA para su revisión, su ONAD debe determinar si la TUE original que se le otorgó debe seguir siendo válida para la competición a nivel nacional y los controles fuera de competición.